Un abogado redacta, firma y radica tu trámite · Atención remota en toda Colombia

Impugnación de fotomultas y comparendos

No toda fotomulta o comparendo queda en firme. Revisamos tu caso para ver si hay una causal real, como la falta de individualización del conductor, una notificación indebida o la prescripción, y presentamos la impugnación o la solicitud que corresponda.

Cuándo aplica

  • Te notificaron una fotomulta y el comparendo no individualiza al conductor.
  • Crees que hubo una notificación indebida o por fuera de los términos.
  • El comparendo es antiguo y podría haber prescrito.

Cómo lo hacemos

  1. Revisamos el comparendo y su notificación en un análisis gratis.
  2. Identificamos si hay una causal de nulidad o si operó la prescripción.
  3. Presentamos la impugnación o la solicitud ante el organismo de tránsito.
  4. Hacemos seguimiento a la decisión.

Qué necesitas

  • Comparendo o notificación de la fotomulta.
  • Documento de identidad.
  • Datos del vehículo, si aplica.

Tiempos

Por regla general tienes 11 días hábiles desde la notificación para solicitar la audiencia de impugnación. La prescripción depende del tiempo transcurrido y del trámite ante la autoridad.

Cuánto cuesta

Cotización tras el análisis gratis. Revisamos tu caso sin costo y te pasamos el valor exacto del trámite.

Cuéntanos qué pasó y te decimos si tu caso aplica, cuánto tarda y cuánto cuesta.

Preguntar por WhatsApp

Qué revisamos en tu caso

Una fotomulta o un comparendo no siempre queda en firme. Antes de impugnar, revisamos si existe una causal concreta que permita anularlo o archivarlo: que no se haya individualizado al conductor, que la notificación fuera indebida o extemporánea, o que la sanción ya haya prescrito.

Qué hacemos por ti

Analizamos tu caso sin costo, te decimos con honestidad si hay una causal viable y, si la hay, preparamos y presentamos la impugnación o la solicitud correspondiente ante el organismo de tránsito, con seguimiento hasta la decisión.

Preguntas frecuentes

¿Se puede anular cualquier fotomulta?

No. Solo procede cuando hay una causal real: la falta de individualización del conductor, una notificación indebida o la prescripción, entre otras. Lo primero es revisar si tu caso tiene una de esas causales.

¿Qué es la falta de individualización del conductor?

La Corte Constitucional, en la Sentencia C-038 de 2020, determinó que no puede sancionarse al propietario del vehículo sin identificar y vincular al conductor que cometió la infracción.

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar?

Por regla general, 11 días hábiles desde la notificación del comparendo para solicitar la audiencia de impugnación.

Análisis gratis

Cuéntanos tu caso hoy.

Te decimos si aplica, qué esperar y cuánto tarda. Sin costo y sin compromiso.